viernes, 5 de octubre de 2012

Congreso determinaría casos en los que mujeres pueden abortar


Así lo propone la ponencia del proyecto que despenaliza esta práctica en Colombia.

Los representantes a la Cámara Germán Navas (Polo) y Alfonso Prada (Partido Verde) radicaron ponencia positiva del proyecto de acto legislativo que despenaliza el aborto en el país.
De acuerdo a la propuesta de los congresistas, el artículo 11 de la Constitución quedaría así: “El derecho a la vida es inviolable. No habrá pena de muerte. La interrupción voluntaria del embarazo podrá realizarse en los casos autorizados por la ley".
Según la ponencia, "es una obligación del Congreso definir, mediante ley, los casos en los cuales se permitiría la interrupción voluntaria del embarazo, lo cual no daría lugar a una condena penal".
Unos de los argumentos de los legisladores para proponer que se despenalice el aborto, según el texto, son los tres casos en los cuales, según sentencia de la Corte Constitucional, se puede interrumpir voluntariamente el embarazo, es decir por violación a la madre, peligro para su vida o malformación del feto.
"Es un deber del Estado atender y hacer eficaces los derechos sexuales y reproductivos, puesto que ellos se articulan con el principio, valor y derecho fundamental constitucionalmente reconocido de la dignidad humana", reza la ponencia.
El proyecto de enmienda a la Constitución debe superar ocho debates reglamentarios, el primero de los cuales ocurriría la próxima semana en la Comisión Primera de la Cámara.


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