evaluación al vicepresidente.
El presidente del Congreso, el senador Roy Barreras, les envió una petición a "las más altas autoridades médicas" del país para que determinen si la condición médica del vicepresidente Angelino Garzón es óptima para reemplazar al jefe de Estado, Juan Manuel Santos, en caso de que haya necesidad.
El senado se mostró a favor de que se realice un dictamen médico al vicepresidente Angelino Garzón para cerciorarse de que él esté en capacidad de reemplazar al presidente Juan Manuel Santos en caso de ser necesario.
El senado se mostró a favor de que se realice un dictamen médico al vicepresidente Angelino Garzón para cerciorarse de que él esté en capacidad de reemplazar al presidente Juan Manuel Santos en caso de ser necesario.
"La salud del Presidente y del Vicepresidente son asuntos de Estado", dijo Barreras, quien advirtió que si el resultado es favorable "no habrá necesidad de que nadie sea reemplazado", pero en caso contrario "el Congreso pleno tiene la obligación de reemplazar al Vicepresidente".
El Presidente del Senado agregó que ya se comunicó personalmente con el Vicepresidente para que reciba a la comisión médica, con el argumento de que "no debe existir en ningún momento un vacío constitucional" en caso de que las cabezas del Estado tengan afectaciones médicas.
"Esta certificación deberá llegar cuando antes a la Presidencia del Congreso", afirmó Barreras, quien precisó que el concepto médico fue solicitado con base en el artículo 326 de la Ley 5 de 1992 (reglamento del Congreso) y deberá ser entregado por la Academia de Medicina, la Federación Médica Colombiana y el Tribunal de Ética Médica.
El Presidente del Senado agregó que ya se comunicó personalmente con el Vicepresidente para que reciba a la comisión médica, con el argumento de que "no debe existir en ningún momento un vacío constitucional" en caso de que las cabezas del Estado tengan afectaciones médicas.
"Esta certificación deberá llegar cuando antes a la Presidencia del Congreso", afirmó Barreras, quien precisó que el concepto médico fue solicitado con base en el artículo 326 de la Ley 5 de 1992 (reglamento del Congreso) y deberá ser entregado por la Academia de Medicina, la Federación Médica Colombiana y el Tribunal de Ética Médica.
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